Comité de ética CEEBA

El Comité de Ética en Experimentación y Bienestar Animal (CEEBA) de la UVa es el Órgano Encargado del Bienestar de los Animales (OEBA) conforme lo dispuesto en el Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia.

Corresponden al CEEBA dentro de su ámbito de competencia, las siguientes funciones:

  1. Asesorar al personal que se ocupa de los animales sobre cuestiones relacionadas con el bienestar de los mismos.
  2. Asesorar al personal sobre la aplicación de los requisitos de reemplazo, reducción y refinamiento y mantenerlo informado sobre los avances técnicos y científicos en al aplicación de este requisito.
  3. Establecer y revisar los procesos operativos internos con respecto al control, la comunicación y el seguimiento de la información relacionada con el bienestar de los animales.
  4. Asesorar sobre regímenes de realojamiento, adopción o socialización.
  5. Evaluación y seguimiento de los proyectos de investigación o docencia que impliquen la utilización de animales.

El CEEBA de la UVa, además, es Organo Habilitado por la Autoridad Competente para la evaluación de proyectos en cuyos procedimientos de utilicen animales.

Para llevar a cabo un proyecto (de investigación o docencia) que incluya animales, es imprescindible obtener la autorización de la JCyL. Para ello se deben de seguir las siguientes instrucciones:

Para llevar a cabo un proyecto (de investigación o docencia) que incluya animales, es imprescindible obtener la autorización de la JCyL. Para ello se deben de seguir las siguientes instrucciones:

Una vez registrada esta documentación, el CEEBA podrá emitir un informe de recepción de la documentación, indicando que está en trámite de evaluación, para que Vd. pueda aportarla en convocatorias de financiación de proyectos, y se le asignará un Código de Proyecto.

Las posibilidades de respuesta tras la evaluación son:

1.- EVALUACIÓN POSITIVA

2.- EVALUACIÓN NEGATIVA

3.- EVALUACIÓN PENDIENTE DE DOCUMENTACIÓN ADICIONAL O MODIFICACIONES

Una vez disponga de la evaluación del proyecto por el CEEBA, el IP deberá presentar en cualquiera de las oficinas de registro de la JCyL o en los lugares y en la forma descrita en el art. 16.4 y disposición final séptima de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

    • Documentos 1 a 5, firmados.
    • Informe del Comité Ético del Centro / Órgano Habilitado.
  • Devolver copia registrada en papel al CEEBA de la Uva, incluyendo copia de todos los documentos registrados.
  • Utilizar el Código de Proyecto en todas las peticiones de animales.
  • Si el proyecto está calificado como “con evaluación retrospectiva” recabará los datos necesarios a lo largo de su ejecución, y facilitará al CEEBA la información que se requiera.
  • Notificar al SIBA la autorización del proyecto y fechas de comienzo y fin de experimento.