Adelantos de Cajero
Son las cantidades que, con cargo a proyectos de investigación, se libran para atender gastos sin la previa aportación de la documentación justificativa.
El interesado cumplimentará el impreso Adelanto de cajero, indicando el objeto del mismo y el importe que se solicita. Este importe será adecuado a la naturaleza del gasto e inferior a 300 €. El Cajero pagador de Investigación extenderá un cheque a nombre del interesado y éste firmará el recibí.
Gastos que pueden realizarse
Los gastos elegibles en el proyecto de investigación relativos a material fungible, comunicaciones postales o facturas de empresas de transporte.
NUNCA se podrán pagar mediante la fórmula de adelanto de cajero las facturas de material inventariable, ni tampoco los gastos que estén sujetos al IRPF o gastos de viajes.
Justificación
Se justificará con facturas definitivas que contengan todos los requisitos legales, en el plazo más breve posible, una vez realizado el gasto y siempre antes de la fecha de cierre del ejercicio que fije la Gerencia.
No se podrá obtener un adelanto de cajero mientras no se haya justificado definitivamente el anterior.
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