Información General
Las ayudas para la difusión, fomento e investigación de la arquitectura tienen por objeto la difusión del potencial transformador de la arquitectura a través de actividades como publicaciones, exposiciones, instalaciones, congresos, festivales, jornadas, programas formativos, talleres, ponencias, proyectos audiovisuales u otros de similar naturaleza.
La concesión de estas ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad.
El crédito presupuestario se distribuirá siguiendo el orden de puntuación de los proyectos, dando lugar a una relación de posibles beneficiarios que se publicará como anexo a la propuesta de resolución provisional. La puntuación del último proyecto subvencionable de esa relación fijará la nota de corte entre beneficiarios y suplentes. Pasarán a ser suplentes aquellos proyectos que se sitúen por debajo de
la nota de corte y obtengan 50 puntos o más.
Plazo de ejecución: Un año desde la concesión de las ayudas.
A los solicitantes que formen parte del Personal Docente e Investigador (PDI) o de cualquier otra categoría laboral en una Universidad Pública, les recordamos la importancia de verificar las obligaciones y el régimen de dedicación asociados a su puesto de trabajo.
Recomendamos encarecidamente a estos solicitantes consultar con la Secretaría General, el Vicerrectorado de Investigación o el Departamento de Personal de su centro de adscripción antes de formalizar la solicitud. Esta verificación asegurará el correcto cumplimiento de sus obligaciones contractuales y el pleno desarrollo del proyecto subvencionado.
Plazos y Estado
Tipo de convocatoria: Ayudas a la investigación
Según la convocatoria:
Documentación a aportar. Las solicitudes se presentarán con la documentación que se detalla a continuación:
En el caso de personas físicas:
El DNI/NIE, cuando conste su oposición expresa a que se consulten por esta Administración los datos conforme establece el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
En caso de representantes de personas físicas, además de la información anterior:
· Cualquier medio válido en derecho para acreditar la representación:
– Documento privado firmado por ambas partes.
– Apoderamiento apud acta.
– Inscripción en el Registro Electrónico de Apoderamiento.
· El DNI/NIE cuando conste su oposición expresa a que se consulten por esta Administración los datos conforme establece el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
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En el caso de personas jurídicas:
· El NIF/CIF cuando conste su oposición expresa a que se consulten por esta Administración los datos conforme establece el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
· Copia digitalizada de la escritura pública de constitución inscrita en el correspondiente registro.
· El acta fundacional.
· Los estatutos de la entidad actualizados.
En caso de representantes de personas jurídicas, además de la información anterior:
· Copia digitalizada de la escritura de apoderamiento inscrita en el correspondiente registro, en el supuesto de que el representante legal no figure en la escritura pública de constitución.
· DNI/NIE del representante de la empresa que solicita la ayuda.
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En todos los casos:
· Panel resumen del proyecto. Deberá ajustarse al modelo normalizado descargable:
1. Panel 1: Nombre del solicitante, importe solicitado y descripción de la propuesta con un máximo de 250 palabras.
2. Panel 2: Imágenes resumen representativas de la propuesta.
3. Panel 3: Presupuesto completo.
4. Panel 4: Cronograma simplificado.
· Proyecto. El documento comprenderá un máximo de 10 páginas (incluyendo imágenes), con un máximo de 3500 palabras. Será firmado electrónicamente y de forma visible por la persona que representa legalmente a la entidad que solicita la ayuda.
· Memoria que describa la actividad de la entidad y de sus integrantes, así como su vinculación con el ámbito de la arquitectura y de la innovación. El documento comprenderá un máximo de 5 páginas (incluyendo imágenes), con un máximo de 1500 palabras. Será firmado electrónicamente y de forma visible por la persona que representa legalmente a la entidad que solicita la ayuda.
· Presupuesto de ingresos y gastos.
· Cronograma previsto de desarrollo del proyecto por fases.
· Justificación sobre el alcance territorial y social de la propuesta. El documento comprenderá un máximo de 3 páginas (incluyendo imágenes), con un máximo de 1000 palabras. Será firmado electrónicamente y de forma visible por la persona que representa legalmente a la entidad que solicita la ayuda.
· Aquella otra documentación, declaración o aceptación que se incluya en el formulario electrónico de la solicitud.