CDTI – ayudas destinadas a Ecosistemas de Innovación y Transferencia 2025

Desde; 16-12-2025; hasta; 12-02-2026; cierre; 12-02-2026;

Información General

Esta Subvención en Concurrencia competitiva persigue el desarrollo de ecosistemas y entornos innovadores interregionales más conectados, orientados a la transferencia, difusión y valorización del conocimiento, promoviendo modelos colaborativos y participativos entre los distintos agentes del sistema (administraciones públicas, agentes intermedios, centros generadores de conocimiento, empresas, especialmente pymes, oficinas de transferencia de conocimiento, usuarios finales y la sociedad civil, entre otros), así como el apoyo a la cohesión social y territorial.

Para esta convocatoria se han identificado los siguientes retos sociotécnicos:

  • Reto I: La transición ecológica justa y equitativa: hacia un sistema agroalimentario integrado de sostenibilidad ambiental, cohesión social y promoción de la salud.
  • Reto II: Transición energética hacía un sistema eléctrico robusto, eficiente y sostenible: energías limpias como motor de descarbonización, prosperidad económica y equidad social en una sociedad sostenible.
  • Reto III: Preservar para transformar: el patrimonio vital como vector estratégico de desarrollo territorial equilibrado y sostenible
  • Reto IV: Determinantes en salud y cuidado: Los nuevos espacios socioeconómicos.
  • Reto V: Transformación sistémica hacia una movilidad sostenible, conectada, eficiente y segura.

Estas ayudas se rigen por el reglamento de minimis.

La intensidad de ayuda no podrá superar el máximo de cofinanciación FEDER según la CCAA de desarrollo de las actividades.

  • Regiones menos desarrolladas (hasta 85%): Andalucía, Castilla-La Mancha, Ceuta, Extremadura y Melilla.
  • Regiones en transición (hasta 60 % y hasta 85% en Canarias): Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia, La Rioja, Principado de Asturias y Región de Murcia.
  • Regiones desarrolladas (hasta el 40%): Aragón, Cataluña, Navarra y País Vasco.

La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real de la actuación, de la disponibilidad presupuestaria, del porcentaje máximo de cofinanciación FEDER según la región de desarrollo de acuerdo con el artículo 4.5 de la convocatoria, y la cuantía máxima disponible de fondos FEDER en cada región, según lo establecido en el artículo 4.3 de la convocatoria.

Actuaciones plurianuales, en al menos tres de las CCAA elegibles, para la realización de:

  • Análisis y diagnósticos para la identificación de retos sociotécnicos y temáticas de interés para el supra-ecosistema; el diseño, concreción y planificación de hojas de ruta que permitan abordar problemáticas y retos sociotécnicos comunes.
  • Actividades que posibiliten y refuercen la colaboración y la transferencia de conocimiento dentro y entre los ecosistemas regionales afines o complementarios, contribuyendo a crear una estructura organizativa estable de carácter suprarregional, que aglutine a varias CCAA.
  • Actividades de soporte como programas de formación, difusión, estimulación y talleres de asesoramiento para fomentar la sensibilización, la transferencia de conocimiento, la capacitación y la cooperación, orientadas hacia la innovación y nuevos modelos de desarrollo socioeconómico.
  • Definición, concreción y planificación de propuestas de iniciativas de cooperación público-privada para la resolución de los retos identificados.

Presupuesto elegible mínimo: 120.000 euros

Presupuesto elegible máximo: 1.000.000 euros

Presupuesto mínimo elegible por entidad: 30.000 euros

Duración: inicio en 2026. Finalización: 31 de diciembre de 2027 o 30 de junio de 2028.

Distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto.

Los objetivos de las actuaciones deberán encuadrarse en, al menos, uno de los 5 retos sociotécnicos descritos en el Anexo I de la convocatoria.

La convocatoria está dirigida a agrupaciones de personas jurídicas que puedan llevar a cabo proyectos en cooperación. Sobre la agrupación, en la convocatoria se indica:

  1. Requisitos de la Agrupación: Deben estar constituidas por un mínimo de cuatro y un máximo de ocho entidades.
  2. Representación Legal: La agrupación no tendrá personalidad jurídica; por lo tanto, uno de los participantes deberá actuar como coordinador o representante ante la Administración,.
  3. Acuerdo Interno: Los miembros de la agrupación deben suscribir, con carácter previo a la solicitud, un acuerdo interno que regule su funcionamiento, incluyendo la descripción de actividades, la asignación de presupuesto a cada actividad, y el otorgamiento expreso de facultades de representación al coordinador. Este acuerdo debe presentarse con la solicitud, aunque si no está firmado en ese momento, deberá presentarse durante la fase de propuesta de resolución si se les requiere.

Se admitirán los siguientes costes directos de ejecución:

  • Costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares.
  • Costes de contratación de servicios externos y subcontrataciones.
  • Costes derivados de la formación del personal asociado a la actuación.
  • Costes derivados de asesoramiento, realización de estudios, difusión, eventos y publicidad.
  • Costes derivados de la gestión de las instalaciones e infraestructura de soporte para la organización de programas de formación, talleres, conferencias y para fomentar el intercambio de conocimientos y el trabajo en redes, así como la cooperación transnacional.
  • Los gastos de viajes que se deriven directamente de la actuación vinculados a las reuniones de coordinación y de trabajo en red entre los miembros de la agrupación.
  • El gasto derivado del informe realizado por un auditor.
  • El gasto de la realización del dictamen de validación del cumplimiento del DNSH de la solicitud.

Respecto a los costes de personal, la posibilidad de incluir horas de personal propio, no aplica a aquellos beneficiarios a los que se les aplique la modalidad de costes marginales. , como es el caso de las Universidades. Para estas entidades, los costes marginales financian hasta el cien por cien de los costes originados exclusiva y directamente por la actuación, excluyendo los costes del personal propio.

Los costes indirectos se calcularán en base a un tipo fijo del 7% de los gastos totales de la actuación válidamente justificados.

Los criterios de evaluación están recogidos en la Orden CNU 161 /2025 de 7 de febrero.

  • Constitución y capacidades del ecosistema: 30 puntos (umbral 10 puntos).
  • Calidad de la propuesta y plan de actuación de la propuesta: 30 puntos.
  • Impactos científico-tecnológico, socioeconómico e industrial previstos: 40 puntos.

Las ayudas concedidas a través de esta línea solo podrán acumularse con otras ayudas de minimis.

Plazos y Estado

 

Tipo de convocatoria: Ayudas a la investigación

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto del 17 de diciembre de 2025 al 12 de febrero de 2026.

  • Para participar en una agrupación, el investigador interesado debe enviar al SAI (servicio de apoyo a la investigación, gestion.proyectos.investigación@uva.es), los documentos que se deben presentar antes del 05/02/2026 para su revisión administrativa.
  • Con los comentarios relacionados si aplica, el investigador interesado debe enviar antes del  11/02/2026 la documentación definitiva al SAI (servicio de apoyo a la investigación, gestion.proyectos.investigación@uva.es),  para que se firme electrónicamente por el Vicerrector.

Presentación de la Solicitud:

  1. Vía Electrónica: La tramitación, incluyendo la presentación de solicitudes, debe realizarse obligatoriamente a través de la sede electrónica del CDTI,.
  2. Pasos de Presentación:
    • Cada entidad de la agrupación debe cumplimentar y firmar electrónicamente sus propios formularios de solicitud y declaraciones responsables (indicando su presupuesto y actividades). Esta firma se deberá realizar mediante certificado de persona jurídica o de representante de persona jurídica.
    • El representante de la agrupación es quien realiza la presentación final, utilizando la firma electrónica cualificada y avanzada de representante de persona jurídica.
    • La solicitud debe incluir la Memoria Técnica de la actuación con el contenido mínimo detallado en el Anexo II de la convocatoria, así como el Acuerdo de agrupación.

 

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